Seguros para Comunidades

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El mejor seguro, con las más grandes y mejores garantías y coberturas, al mejor precio y siempre acompañado por nosotros para resolver cualquier siniestro.

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Ventajas

Somos expertos en seguros de Comunidades

¡Así es! No solo por precio y coberturas, sino porque agilizamos todos tus trámites con la aseguradora para que tú no te tengas que preocupar por nada. Te mostramos algunas de las ventajas de nuestros seguros:

Transparente

Nos encargamos de realizar una comparativa (con precio y coberturas) de los mejores seguros del mercado y enviártelo antes del vencimiento de tu seguro.

Flexible

Nuestros expertos te recomendarán las coberturas que necesita tu Comunidad, ni más ni menos.


Fácil

Nos ocupamos de realizar todos los trámites con la aseguradora: abrir los siniestros, revisar valoraciones y cumplimiento de plazos, así como la atención de reclamaciones.
Todo son facilidades

Coberturas

En una sola póliza ponemos a disposición de las Comunidades de vecinos las coberturas más novedosas del mercado y a un precio totalmente competitivo en el mercado actual. Garantías como la fontanería urgente sin daños, el control de plagas o la ayuda al mantenimiento y RC de hasta 1.000.000€. Estas son nuestras coberturas para construir un seguro flexible para adaptarse a tus necesidades: 

Los daños producidos tanto por un incendio como los que directamente se ocasionan por éste. Cubre daños por explosión e implosión, la caída de rayos, el humo, los impactos desde el exterior, daños eléctricos, daños por derrame o escape de instalaciones de extinción y por el derrame de los líquidos que sean distintos al agua.
Los daños accidentales ocasionados por las obras de terceros colindantes tanto en fincas como edificios, o las obras públicas subterráneas o en calles adyacentes, y los honorarios de los profesionales correspondientes a dirección técnica de la obra de reconstrucción.
Los daños producidos directamente por las lluvias, vientos, granizos o nieves, así como las filtraciones desde el exterior y las inundaciones provocadas.
Los daños producidos por agua de conducciones comunes, por escapes de agua, gastos de localización de las averías, gastos de la reparación de las averías, los gastos de la fontanería urgente que no cause daños y, por supuesto, los gastos necesarios para solucionar embozos y atascos.

Los gastos de arreglo o reposición de los bienes comunes por resquebrajamiento o fragmentación tales como cristales, vidrieras, espejos, metacrilatos, encimeras de mármol, granito o piedra artificial, la loza sanitaria y las placas solares.

Robo y los daños que se ocasionen como consecuencia de este, el hurto, la malversación de fondos, y los daños ocasionados directamente como consecuencia de actos de vandalismo.
Reclamación a terceros por los derechos relativos al edificio, sus anexos, elementos comunes y aparcamientos.
Reclamación por contratos de limpieza, por contratos de compra de bienes inmuebles.
Asesoramiento jurídico telefónico.
La defensa por cuestiones administrativas municipales.
Reclamación a propietarios por impago de los gastos de la comunidad.
Adelanto de los gastos reclamados judicialmente.
Gastos de demolición, salvamento, desembarre, intervención de Bomberos, y la reposición de documentos de carácter público.

Los gastos de alquiler de una vivienda o local de condiciones similares, o también el alojamiento en un hotel cercano al edificio de la vivienda siniestrada mientras la misma quede inutilizada e inhabitable.

Los gastos necesarios para el restablecimiento de la composición estética anterior a un siniestro.

Los daños por heladas, calor, los gastos por reparación o reposición por resquebrajamiento o fragmentación accidental de vidrieras, aparatos sanitarios distinto a loza, grandes macetas y jardineras, la ampliación de los gastos por fontanería urgente sin daños, el exceso de consumo de agua por un escape a consecuencia de rotura en instalaciones comunes, restauración estética de aparatos sanitarios, restauración estética de mobiliario común, el robo del mobiliario de exteriores en jardines y terrazas y la infidelidad de empleados.
Los gastos necesarios para la reconstrucción de los jardines comunes, reposición de árboles y plantas de la misma especie.

Los daños materiales que la maquinaria fija, que esté asegurada, pueda sufrir a consecuencia directa de errores humanos, vicios ocultos, desgarro, auto combustión, funcionamiento anormal y reparaciones urgentes.
os daños por agua de las conducciones privativas y la reparación de la avería.

Los gastos para la reposición o a reparación de los cristales privativos que formen parte del continente asegurado en su parte exterior, tanto por resquebrajamiento como por fragmentación.

Los gastos necesarios para la recomposición estética anterior al siniestro, siempre que este sea cubierto por la póliza y siempre que el siniestro afecte al interior de las viviendas, oficinas y locales, que lógicamente formen parte del continente asegurado.

Los pagos de indemnizaciones a terceros de la Responsabilidad Civil extracontractual de la propiedad consecuencia de: escapes de agua de conducciones comunes; de las acciones del presidente de la comunidad y la junta de gobierno; Responsabilidad Civil patronal a consecuencia de las reclamaciones por daños sufridos por los empleados de la comunidad; la Responsabilidad Civil como consecuencia de escapes de agua de las conducciones privadas.

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