

Por accidente, de acuerdo con el Artículo 100 de la ley de Contratación de Seguros, entendemos la lesión corporal derivada de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal , permanente o muerte.
Para el caso de fallecimiento e invalidez Permanente el capital máximo es de 500.000€ y para el caso de Fallecimiento e invalidez por Infarto de Miocardio de 200.000€.
Las garantías contratadas aún siendo garantías profesionales, cubren las 24 horas del día a los asegurados. Y por supuesto en las garantías personales también.
A todas las personas de una edad comprendida entre 0 y 60 años. Los menores de 14 años para el caso de 14 años no podrán ser asegurados por restricción legal. Tanto para profesionales como en la vida particular 24 horas de cobertura.
